Declaratoria de edificación
Declaratoria de fábrica, ampliación de fábrica y regularización de edificaciones o ampliaciones cuando legalmente corresponda.
Nueva línea profesional
Regularizamos la situación física, técnica y registral de tu propiedad.
Muchas viviendas, edificios, terrenos y propiedades no coinciden con lo que aparece en SUNARP o en la municipalidad. Construcción Segura te ayuda a identificar esas diferencias, determinar la ruta posible y preparar técnicamente el expediente que corresponda.
Producto inicial recomendado
Antes de iniciar trámites o gastar dinero, determina exactamente qué necesita tu propiedad.
Servicios principales
Declaratoria de fábrica, ampliación de fábrica y regularización de edificaciones o ampliaciones cuando legalmente corresponda.
Regularización de modificaciones, remodelaciones que requieran trámite y declaración o regularización de demoliciones.
Independización de inmuebles, departamentos, pisos, tiendas, oficinas u otras unidades inmobiliarias, previa evaluación técnica y jurídica.
Elaboración o modificación de reglamento interno para predios con unidades inmobiliarias independientes.
Orientación y preparación técnica para acumulación o subdivisión de predios cuando corresponda al caso.
Levantamientos arquitectónicos, planos de ubicación, localización, distribución, perimétricos cuando correspondan y memorias descriptivas.
Revisión de partidas registrales, títulos archivados y antecedentes para comparar la realidad física con lo inscrito.
Identificación de discrepancias de áreas, linderos y medidas perimétricas, con orientación sobre el procedimiento aplicable.
Preparación y revisión técnica de expedientes, seguimiento técnico y coordinación con propietario, municipalidad, notaría y SUNARP cuando corresponda.
Declaratoria de fábrica
Una vivienda puede estar construida físicamente pero registralmente figurar como terreno, como una edificación de menor área o con menos pisos de los que realmente existen.
La declaratoria de edificación permite incorporar registralmente la construcción existente mediante el procedimiento que legalmente corresponda. No toda edificación puede regularizarse; primero debe revisarse su situación técnica, municipal y registral.
Quiero regularizar mi construcciónIndependización
Puede aplicarse a viviendas de varios pisos, departamentos dentro de un mismo edificio, tiendas, locales comerciales, inmuebles con copropietarios o propiedades que se desean vender o transferir por unidades independientes.
Antes de avanzar, se evalúa si jurídica y técnicamente procede según las características del inmueble y sus antecedentes.
Evaluar mi independizaciónCobertura inicial
Zona Registral N.º IX – Sede Lima: departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao.
Desde Barranca hasta Cañete y desde Lima Metropolitana hasta las provincias de la sierra de Lima.
También atendemos consultas vinculadas a Lima Metropolitana, Ate, Santa Anita, La Molina, Chaclacayo, Chosica, San Juan de Lurigancho, San Antonio de Huarochirí, Santa Eulalia, Matucana, Chilca, Mala, Asia, Cerro Azul, San Vicente de Cañete, Imperial, Nuevo Imperial, Lunahuaná, Huaral, Huacho, Barranca, Callao y Ventanilla.
Si además de regularizar tu propiedad necesitas conocer su condición estructural, puedes solicitar una revisión técnica, una visita en Lima o una orientación previa antes de tomar decisiones.
Cada inmueble presenta una situación técnica, municipal y registral particular. La viabilidad del procedimiento se determina luego de revisar sus antecedentes y características físicas.
No se promete una regularización, inscripción o aprobación universal. La ruta responsable empieza con el diagnóstico.
Preguntas frecuentes
Lo construido es lo que existe físicamente en el predio. Lo registrado es lo que figura en la partida registral o antecedentes. Pueden existir diferencias de área, pisos, distribución, linderos o uso.
Depende de la antigüedad, licencias, parámetros, antecedentes y características físicas. Primero se revisa si existe una vía legal aplicable.
Debe compararse la partida registral, planos, títulos archivados y realidad física. Luego se identifica si corresponde una rectificación u otro procedimiento.
Normalmente se revisan partida registral, documentos municipales, planos disponibles, títulos archivados, identificación del propietario y evidencias del inmueble. La lista exacta depende del caso.
No hay un plazo universal. Depende del procedimiento, entidad interviniente, antecedentes, observaciones y documentación disponible.
No necesariamente. Conviene diagnosticar primero la situación para definir si corresponde vía municipal, notarial, registral u otra gestión complementaria.
Es el documento registral donde constan los datos inscritos del inmueble, sus propietarios, cargas, medidas y actos relevantes.
Es el expediente que sustentó una inscripción registral anterior. Puede contener planos, documentos y antecedentes importantes para comparar la situación actual.
Sí. La cobertura inicial incluye Lima, Callao y provincias de la Zona Registral IX, según la naturaleza del servicio y coordinación previa.
Sí. Cañete, Asia, Cerro Azul, Mala y Chilca están dentro de la cobertura inicial indicada para esta línea de servicios.
Siguiente paso
Comparte la ubicación, la partida registral si la tienes, documentos disponibles y una descripción de lo construido.